
INMOBISUR actúa como agente intermediario
inmobiliario. Hacemos un gran esfuerzo cada día, por
asegurar la exactitud y veracidad de las descripciones y detalles
de las propiedades relacionadas en nuestra web.
La información se proporciona en buena fe, y constituye
una guía general, pero sin embargo no podemos garantizar
que la información sea absolutamente correcta. Usted
debe verificar todos los detalles antes de hacer cualquier
oferta. Antes de hacer cualquier viajes para ver las propiedades
ofertadas, usted debe confirmar su disponibilidad y su precio.
Además usted debe comprobar que cualquier servicio
mencionado esté según lo descrito. Ningún
contenido total o parcial de la pagina web se puede reproducir
sin el permiso de la entidad INMOBISUR.
Esto es una guía paso a
paso de como comprar una PROPIEDAD en ESPAÑA.
PROCEDIMIENTOS
1) Decidida la propiedad que se desea comprar
y conviniendo el precio, el primer paso es firmar un contrato
privado de señal y parte de pago, y pagar un
depósito del 10% que sostiene la venta hasta la firma
de la escritura pública de compra-venta . El depósito es necesario para reservar la propiedad
deseada a su nombre y quitarla del mercado de compra-venta,
hasta que definitivamente se firma la escritura de compra-venta,
este plazo normalmente no es superior a treinta día
naturales.
2) El gestor inmobiliario le requerirá los detalles personales , incluyendo las
copias de los pasaportes de los compradores, para
preparar la nueva escritura de propiedad en la Notaría
pactada. El comprador debe abrirse una cuenta bancaria en
España para poder efectuar el pago de la propiedad
en el plazo de pago previamente establecido. El comprador
debe solicitar en la Administración competente el N.I.E
(Número de Identificación de Extranjeros).
3) Le recordamos que todas las propiedades
que usted encuentra en nuestra base de datos está libre
de cargas, demandas financieras y arrendatarios, así
como al corriente de todos los pagos de impuestos municipales,
de servicios para uso general y de honorarios de la comunidad.
4) Si el día de la firma de la escritura
de compra-venta usted no puede estar en España, necesitará
designar un representante legal mediante un poder
Notarial, que puede ser su abogado
bilingüe.
5) La compra de un inmueble rustico o urbano tiene
unos gastos adicionales que al final se relaciona y que debe
usted pagar a su abogado o al agente inmobiliario.
6) Una vez firmado el nuevo título de propiedad
(escritura) le proporcionaremos una copia
certificada ante notario (copia simple) estampada
por el notario y la original será enviada al registro
de la Propiedad a que corresponda la propiedad comprada, que
se inscribirá.
7) Firmada la escritura de compra y tomada posesión
de la finca será necesario hacer el cambio
a nombre del nuevo propietario de la factura de suministro
de agua y basura, suministro eléctrico, teléfono
y la tasa del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I). Es aconsejable que si su compra es una vivienda le
constituya un seguro de vivienda que le
garantice el contenido de la vivienda (muebles, joyas y otros
enseres, etc...) y el continente(el edificio completo de la
vivienda), así como los daños que pueda ocasionar
a terceros, la vivienda en el caso de incendio, derrumbamiento,
inundaciones, etc...
COSTES DE COMPRA ADICIONALES
El coste adicional a la compra es los honorarios e
impuestos que también tienen que ser pagados
para conseguir su nuevo título de propiedad (Escritura):
a) Tarifas notariales . Éstos varían
levemente de característica a la característica
dependiendo de la complejidad del hecho de título y
del valor de la característica referida, pero serán
normalmente los cerca de 1%.
b) Honorarios de registro . Éstos
varían otra vez levemente según el precio declarado
en el Escritura pero uno debe calcular aproximadamente
entre 350 Euros y 600 Euros.
c) Impuesto Transmisiones Patrimoniales (I.T.P): En el caso que la propiedad comprada sea de
segunda mano, es decir, de segunda transmisión,
el impuesto de transmisiones patrimoniales es del 7%
del precio declarado en la escritura de compra nueva.
En el caso de que la vivienda sea nueva se
le aplicará el Impuesto del Valor Añadido (I.V.A) que asciende también al 7% del valor
declarado en la escritura de compra y además tendrá
que pagar el 0,5% correspondiente al impuesto de Actos
Jurídicos Documentados (A.J.D.), con lo cual
el total de impuesto que hay que pagar si la vivienda es nueva
asciende al 7,5%.
N.B. El coste total de todos los impuestos
y honorarios de la COMPRA no excederá del 11% del PRECIO DE LA PROPIEDAD COMPRADA.
Para evitar incurrir en otros costes, se recomienda la ayuda
de un abogado cualificado bilingüe, que le asesore e
informe.
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